El diputado Abraham Espinoza Villa presentó una reforma al Código Familiar de Michoacán para establecer reglas más claras sobre cuándo procede indemnizar a la persona que se dedicó al trabajo doméstico y de cuidados durante el matrimonio. La propuesta fija un mínimo de tres años de matrimonio como referencia para acceder a esta compensación económica.
Actualmente, aunque el Código Familiar ya reconoce este derecho —respaldado por criterios de la Suprema Corte—, no especifica una duración mínima del matrimonio, lo que genera interpretaciones diversas entre jueces y crea incertidumbre para las familias. La reforma busca dar mayor certeza jurídica tanto a los impartidores de justicia como a los ciudadanos.
La iniciativa reconoce que el trabajo doméstico —que incluye cuidado de hijos, atención de adultos mayores y organización del hogar— es fundamental para las familias pero permanece sin remuneración. En la mayoría de casos, son las mujeres quienes asumen estas tareas, limitando su desarrollo profesional y autonomía económica.
La propuesta incluye flexibilidad: aunque establece el plazo mínimo de tres años, permite que los jueces determinen la procedencia de la indemnización en casos especiales, particularmente cuando hay hijos en común o circunstancias que lo justifiquen. El legislador enfatizó que no se trata de una barrera rígida, sino de un punto de referencia para identificar cuándo hubo impacto económico real.
Espinoza Villa argumentó que en Michoacán persisten brechas económicas e informalidad laboral, por lo que se necesitan leyes claras que funcionen en la práctica y respondan a la realidad de las familias michoacanas. La reforma aplicaría únicamente para matrimonios bajo régimen de separación de bienes.