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76 Legislatura a favor de generar una cultura de donación de sangre

By Legislativo

En el marco de las actividades de servicio social, las instituciones educativas y autoridades competentes promoverán campañas de sensibilización y concientización sobre la importancia de la donación altruista de sangre.

Lo anterior, luego de que el Pleno del Poder Legislativo aprobara el Dictamen elaborado por la Comisión de Educación sobre la propuesta presentada por el diputado Carlos Alejandro Bautista Tafolla, para reformar el artículo 23 de la Ley de Profesiones del Estado de Michoacán de Ocampo.

Las y los legisladores precisaron en el ordenamiento jurídico que con dichas acciones, se fomenta la participación voluntaria y solidaria de las y los estudiantes, con pleno respeto a sus condiciones de salud y derechos humanos.

Conforme al Dictamen, en sus Consideraciones, la Comisión de Educación estableció la importancia de incorporar, como parte de los mecanismos de formación integral de las y los estudiantes, la promoción de valores como la solidaridad, la responsabilidad social y el compromiso con la comunidad.

«Bajo esta perspectiva, se estima viable orientar las acciones institucionales al fortalecimiento de la conciencia social mediante estrategias de sensibilización y difusión. En ese tenor, las instituciones educativas y las autoridades competentes promueven, en el marco de las actividades de servicio social, campañas de sensibilización y concientización sobre la importancia de la donación altruista de sangre, destacando su valor como práctica solidaria en beneficio de la sociedad», puntualizaron.

De igual forma, establecieron que dichas acciones tendrán como finalidad fomentar la participación voluntaria, informada y responsable de las y los estudiantes, privilegiando en todo momento el respeto a sus condiciones de salud, su autonomía y sus derechos humanos, evitando cualquier forma de coerción y garantizando que la donación de sangre se realice bajo criterios médicos y éticos adecuados.

Previamente, en su iniciativa, el diputado Carlos Alejandro Bautista destacó que su propuesta no es una imposición arbitraria, sino de una medida con profundo sentido humanitario, mediante campañas de información, concientización y facilidades institucionales para su cumplimiento.

Así mismo, definió que aquellos estudiantes que no puedan donar, podrán participar en actividades alternativas de promoción, difusión y educación sobre la importancia de la donación, contribuyendo así al mismo objetivo.

Educación ambiental desde temprana edad, una inversión para construir sociedades más sostenibles: 76 Legislatura

By Legislativo

Las y los diputados de la 76 Legislatura aprobaron reformar la Ley para la Conservación y Sustentabilidad Ambiental de Michoacán, con el objetivo de fortalecer la protección del medio ambiente mediante la promoción de la educación ambiental integral, especialmente en niñas, niños y adolescentes.

La reforma que tiene como finalidad formar una ciudadanía más consciente, participativa y comprometida con el cuidado de los recursos naturales, fue propuesta en su momento por la diputada Teresita de Jesús Herrera, dictaminada por la Comisión de Desarrollo Sustentable y Medio Ambiente y avalada por el Pleno Legislativo en sesión extraordinaria.

Es así que, se reformó el artículo 65 de la ley en mención para establecer que la Secretaria de Medio Ambiente de Michoacán en coordinación con la Secretaría de Educación promoverá la concientización ambiental desde la infancia y adolescencia, dentro de un proceso permanente de aprendizaje mediante el cual las personas interactúen en armonía con la naturaleza.

Además, se plasmó en el artículo 67 que la Secretaría de Medio Ambiente y los ayuntamientos promoverán, impulsarán especialmente la participación, sensibilización y formación ambiental de niñas, niños y adolescentes, mediante procesos educativos continuos y permanentes en los ámbitos formales, no formales e informales.

Ahora, por ley las autoridades competentes promoverán mecanismos y espacios de participación ambiental en formatos accesibles, incluyentes dirigidos a niñas, niños y adolescentes, a fin de fortalecer su involucramiento en acciones comunitarias de protección, cuidado y conservación del medio ambiente, así como en actividades de sensibilización frente al cambio climático y la protección de los recursos naturales.

Finalmente, las y los legisladores coincidieron en que la educación ambiental integral es una herramienta indispensable, «enseñar a niñas y niños a cuidar el agua, proteger los ecosistemas, respetar la biodiversidad y comprender los efectos de la contaminación y del cambio climático representa una inversión en el futuro colectivo y en la construcción de sociedades más sostenibles», precisa el recién aprobado decreto.

Congreso del Estado invita a proponer posibles recipiendarios de la Condecoración «Suprema Junta Nacional Americana»

By Legislativo

El Congreso del Estado emitió la Convocatoria para designar Recipiendario de la Condecoración «Suprema Junta Nacional Americana», dirigida a la sociedad en general, para recibir propuestas de ciudadanos que por su destacada trayectoria cívica, puedan hacerse acreedores a ella.

En Sesión Extraordinaria, las y los integrantes de la 76 Legislatura aprobó la propuesta de acuerdo sometida a su consideración por parte de la Junta de Coordinación Política mediante la cual se emitió la convocatoria para la entrega de la Condecoración que será entregada el 19 de agosto de 2026, en Sesión Solemne en la Ciudad de Zitácuaro, Michoacán.

Conforme a la misma, se convoca al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, miembros del Poder Legislativo, Presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo del Poder Judicial del Estado, ayuntamientos, Consejos Municipales, universidades públicas y privadas del Estado de Michoacán, y a la sociedad en general, para recibir propuestas para que puedan hacerse acreedores a la Condecoración Suprema Junta Nacional Americana.

Las propuestas, deberán entregarse en la Secretaría de Servicios Parlamentarios, ubicada en la Av. Madero Oriente no. 97, Colonia Centro, en Morelia, Michoacán, del lunes 22, al viernes 26 de junio de 2026, en un horario de 09:00 a 14:00 horas.

Cada una de ellas deberá exponer las razones para ser acreedor a dicha Condecoración, y presentar como requisitos una Carta de Propuesta a recipiendario, emitida por institución u organismo público, privado o autónomo, de cualquier persona o personas de la sociedad en general; y, una carta de aceptación de la persona o institución propuesta.

También deberá estar acompañada de Acta de Nacimiento, en caso de que la propuesta sea persona física; Clave Única de Registro de Población; comprobante de domicilio; credencial expedida por el INE o IFE; carta bajo protesta de decir verdad, que no ha sido condenado por delito doloso; documento que acredite la personalidad o naturaleza jurídica, en caso de que la propuesta sea una persona moral.

La Junta de Coordinación Política analizará las propuestas de recipiendarios recibidas y presentará al Pleno del Congreso del Estado, la que considere mejor propuesta para su aprobación.

La Condecoración consistirá en una medalla que se entregará a la ciudadana o ciudadano, organización civil, organismo no gubernamental, institución pública o privada que se haya distinguido por su aportación al régimen constitucional de la República Mexicana o al Estado de Michoacán, honrando con su trayectoria los valores de justicia social, fraternidad, libertad y fortaleciendo los derechos fundamentales del hombre en su formación cultural, social, científico, artístico o deportivo.

Aprueba 76 Legislatura prohibición categórica de envenenamiento de animales por parte de cualquier autoridad

By Legislativo

Con la finalidad incorporar en la Ley de Derechos, Bienestar y Protección de los Animales del Estado de Michoacán, una prohibición clara y categórica del envenenamiento de animales por parte de autoridades estatales o municipales, independientemente de la finalidad con la que se pretenda justificar, la 76 Legislatura aprobó una reforma al artículo 56 de la Ley de Derechos, el Bienestar y Protección de los Animales en el Estado de Michoacán de Ocampo.

Con esta reforma se busca fortalecer el marco normativo estatal para promover el empleo de los métodos y anestésicos adecuados que se establecen en las Normas Oficiales Mexicanas, así como alternativas éticas y efectivas en el control de la población animal, tales como la esterilización, la adopción responsable y la implementación de programas integrales de bienestar animal, en coordinación con los distintos órdenes de gobierno y la sociedad civil.

De esta forma, en el dictamen aprobado se establece que «esta reforma tiene por objetivo prohibir de manera clara y contundente el envenenamiento de animales en el Estado de Michoacán, especialmente cuando sea realizado por autoridades, y al mismo tiempo fortalecer el marco legal para garantizar prácticas éticas, humanitarias y seguras en el manejo de la población animal».

Con esta reforma el Estado de Michoacán reafirma su compromiso con la protección de los animales, la construcción de una cultura de respeto y la consolidación de políticas públicas basadas en la ética, la ciencia y los derechos.

Endurecer penas por tala ilegal y devastación forestal en Michoacán, propone diputada Sandra Arreola

By Legislativo

La diputada del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Sandra Arreola Ruiz, presentará ante el Pleno del Congreso del Estado una iniciativa para adicionar el artículo 302 Bis al Código Penal de Michoacán, con el objetivo de fortalecer el marco sancionatorio contra los delitos ambientales, particularmente la tala clandestina, el cambio ilegal de uso de suelo y la devastación de bosques y selvas.

La propuesta contempla penas de hasta veinte años de prisión y multas significativas, así como agravantes específicas cuando se empleen instrumentos especializados, vehículos de transporte o participen servidores públicos.

En la exposición de motivos, la legisladora subrayó que el medio ambiente constituye uno de los bienes jurídicos colectivos de mayor relevancia para el desarrollo presente y futuro de la sociedad, y que la protección de los bosques y recursos naturales responde a un mandato constitucional que reconoce el derecho humano a un medio ambiente sano. Advirtió que, cuando los ecosistemas son devastados, no solo se afecta la biodiversidad, sino también la seguridad hídrica, la estabilidad climática, la economía regional y la paz social.

Arreola Ruiz señaló que Michoacán, por su riqueza forestal y ubicación estratégica, ha sido particularmente vulnerable a la explotación ilícita de recursos forestales, muchas veces vinculada a estructuras organizadas. De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, durante 2024 Michoacán se ubicó entre las entidades con mayor número de denuncias por delitos ambientales, particularmente relacionados con tala y daño forestal.

Asimismo, la Fiscalía General del Estado y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente han documentado cientos de denuncias por cambio ilegal de uso de suelo y deforestación en distintas regiones de la entidad. «Estas cifras revelan que el marco sancionatorio vigente no ha sido suficiente para inhibir la reincidencia ni para desarticular las estructuras que operan este tipo de actividades ilícitas», afirmó la diputada.

La iniciativa propone homologar el régimen sancionatorio de Michoacán con el modelo adoptado en el Estado de México, cuya legislación contempla agravantes específicas y penas más severas. De aprobarse, se establecería una pena de cinco a quince años de prisión para quien realice, auxilie, coopere o participe en la transportación, almacenamiento, distribución, procesamiento, comercialización o destrucción de productos de montes o bosques. Para autores intelectuales, instigadores, quienes obtengan lucro indebido o controlen a menores de edad para cometer el delito, la pena sería de siete a quince años de prisión.

Adicionalmente, se contempla una pena de diez a veinte años de prisión y multa de mil a mil quinientos días cuando en la comisión del delito se empleen instrumentos como motosierras, sierras manuales o análogas; cuando se utilicen vehículos, camionetas o camiones cargados con tocones de madera; o cuando participen servidores públicos. La diputada explicó que el empleo de estas herramientas evidencia preparación, capacidad operativa y una intención clara de devastación, mientras que la participación de servidores públicos representa una circunstancia particularmente grave, pues erosiona la confianza institucional y facilita la impunidad.

«El reproche penal reforzado en estos casos responde al principio de responsabilidad agravada por posición de garante y por traición a la función encomendada», sostuvo.

76 Legislatura permite la participación ciudadana en materia hídrica

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Con reforma al artículo 3º de la Ley del Agua y Gestión de Cuencas para el Estado, las y los integrantes de la 76 Legislatura del Congreso del Estado definieron que el manejo del agua debe darse desde la construcción de un modelo de gestión basado en la participación ciudadana, la transparencia y la corresponsabilidad.

La Comisión de Desarrollo Sustentable y Medio Ambiente, sometió a consideración del Pleno Legislativo el Dictamen elaborado sobre la propuesta hecha por la diputada Giulianna Bugarini Torres mediante la cual se adiciona la fracción LXIV al artículo 3º de la Ley del Agua y Gestión de Cuencas para el Estado de Michoacán de Ocampo.

En Sesión Extraordinaria, las y los legisladores michoacanos votaron a favor de que en la ley se precise que «es deber del Estado y los Ayuntamientos garantizar mecanismos institucionales y jurídicos que permitan a todas las personas involucrarse activamente en la gestión, uso sostenible y protección del agua, promoviendo así el pleno ejercicio del derecho humano de acceso a este recurso».

En las Consideraciones del Dictamen se puntualizó que la legislación presentaba vacíos importantes en materia de participación ciudadana en la gestión hídrica, al no establecer mecanismos institucionales obligatorios, definir figuras formales de representación ciudadana y tampoco garantizar que las opiniones ciudadanas tengan efectos en la toma de decisiones.

La legisladora Bugarini Torres indicó que su iniciativa incorpora un enfoque transversal de derechos humanos, garantizando que la participación ciudadana sea incluyente, considerando a comunidades indígenas, rurales y grupos en situación de vulnerabilidad; accesible, mediante mecanismos presenciales y digitales, informada, asegurando el acceso a datos claros, oportunos y efectiva, con capacidad real de incidir en las decisiones públicas.

«Este enfoque reconoce que el acceso al agua no puede garantizarse plenamente sin la participación activa de quienes dependen de ella», precisó en su iniciativa.

La salud materno-infantil, prioridad para la 76 Legislatura del Congreso del Estado

By Legislativo

El Congreso del Estado, aprobó por unanimidad, diversas reformas a la Ley de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo, a fin de incidir en la protección de la salud materno-infantil, la atención obstétrica y neonatal, el parto respetado, la lactancia materna, el tamiz neonatal, la detección oportuna de riesgos en personas recién nacidas y la continuidad del cuidado durante las primeras etapas de vida.

El dictamen presentado por la Comisión de Salud y Asistencia Social, engloba las iniciativas presentadas por las diputadas Belinda Iturbide Díaz y Teresita Herrera Maldonado, además de otra presentada por el diputado Juan Carlos Barragán Vélez.

En ese sentido, con esta reforma se pretende que la atención materno-infantil garantice condiciones de calidad, calidez, respeto y acompañamiento, particularmente durante el embarazo, parto, puerperio y atención neonatal, con lo que se enfatiza que «el nacimiento es un proceso natural con un profundo significado cultural y social».

Con ello, se plantea fortalecer la denominada primera hora dorada, el contacto piel con piel y el gateo al pecho como prácticas relevantes para favorecer el inicio temprano de la lactancia materna, el vínculo entre la madre y la persona recién nacida, así como una atención obstétrica y neonatal más humanizada.

De la misma forma, también se busca precisar el plazo máximo para la realización del tamiz, incorporar expresamente la oximetría de pulso, establecer mecanismos de referencia y contrarreferencia, y asegurar la continuidad del cuidado especializado cuando se identifiquen riesgos o hallazgos clínicos sugestivos de cardiopatías congénitas.

Además, se reconoce que la atención neonatal oportuna y la capacidad de respuesta de las unidades de salud son elementos esenciales para reducir riesgos prevenibles durante el nacimiento, «la muerte neonatal es un problema prioritario de salud pública en Michoacán».

Con ello, se pretende fortalecer la atención obstétrica y neonatal, particularmente en establecimientos que realizan procedimientos obstétricos quirúrgicos, mediante la previsión de capacidades básicas de atención, personal capacitado y condiciones para responder ante emergencias neonatales.

Con esta reforma también se plantea que la protección de la lactancia no debe limitarse a los primeros seis meses, sino que debe favorecerse su continuidad hasta los dos años de edad, mediante acciones de orientación, acompañamiento y facilidades razonables en los centros de trabajo para la extracción y conservación de leche materna.

Establece 76 Legislatura nuevas reglas en materia de centros de atención a personas con adicciones

By Legislativo

A fin de fortalecer la vigilancia institucional sobre los establecimientos dedicados a la atención integral de personas con adicciones, así como, prevenir, detectar, atender y canalizar oportunamente a niñas, niños y adolescentes que enfrenten consumo problemático de sustancias, la 76 Legislatura reformó la Ley Contra las Adicciones y la Ley de Salud, ambas del estado de Michoacán.

Lo anterior, durante la sesión extraordinaria, en la que las y los diputados avalaron por unanimidad de votos el dictamen elaborado por la Comisión de Salud y Asistencia Social, a partir de las iniciativas promovidas por los diputados Juan Carlos Barragán y Octavio Ocampo.

Dicha reforma a los artículos 3, 21, 38 y se adiciona un artículo 38 Bis a la Ley Contra las Adicciones de Michoacán, entre otras cuestiones, crea el Padrón Estatal de Centros de Atención Integral para Personas con Adicciones, como un instrumento administrativo a cargo de la Secretaría de Salud del Estado.

El Padrón integrará, sistematizará, actualizará y resguardará la información relativa a la identificación, operación y situación administrativa de los Centros de Atención Integral para Personas con Adicciones, para fines de control administrativo, supervisión institucional y vigilancia sanitaria.

Asimismo, al reformar los artículos 6, 23, 200 y adicionar el artículo 89 Ter de la Ley de Salud del Estado, se estableció que la Secretaría de Salud deberá coordinar acciones especiales de prevención, orientación, atención, canalización y seguimiento en materia de adicciones dirigidas a niñas, niños y adolescentes, en coordinación con autoridades competentes, privilegiando el interés superior de la niñez, la protección integral, la confidencialidad y el enfoque de salud pública.

Además, se plasmó en la normativa que los ayuntamientos deberán informar a la Secretaría de Salud por conducto de la instancia competente en materia de protección contra riesgos sanitarios, cuando tengan conocimiento de la existencia u operación irregular de establecimientos que presten servicios de atención a personas con adicciones, a fin de que se realicen las verificaciones y acciones que correspondan.

Finalmente, las y los legisladores enfatizaron que con la adecuación legal, se garantizará un entorno adecuado para la rehabilitación, evitará abusos y se podrá obtener información útil para el diseño de políticas públicas.

Congreso del Estado aprueba reforma para proteger salud mental de personas cuidadoras

By Legislativo

La Septuagésima Sexta Legislatura resaltó la importancia de la salud mental de las personas cuidadoras, al incorporar a la Ley de Salud, así como a la de Salud Mental del Estado de Michoacán, disposiciones que promueven acciones de orientación, apoyo y prevención de la sobrecarga de las personas cuidadoras.

En Sesión Extraordinaria, las y los integrantes del Congreso del Estado votaron a favor del Dictamen elaborado por la Comisión de Salud y Asistencia Social sobre la iniciativa de la diputada María Itzé Camacho Zapiain, mediante la cual se adiciona un tercer párrafo al artículo 30 de la Ley de Salud y se reforma el artículo 16 de la Ley de Salud Mental del Estado de Michoacán de Ocampo.

De acuerdo con el Dictamen aprobado, era necesario fortalecer el marco normativo estatal incorporando disposiciones que promuevan acciones de orientación, apoyo emocional y prevención de la sobrecarga física y mental en las personas cuidadoras, reconociendo la importancia de su bienestar dentro de las políticas públicas de salud y salud mental.

Con las modificaciones a ambos ordenamientos jurídicos, se «plantea avanzar hacia un enfoque más integral de la salud mental, que no sólo reconozca a quienes requieren atención médica, sino también a quienes desempeñan cotidianamente labores de cuidado, contribuyendo así al fortalecimiento de las redes familiares y comunitarias que sostienen el bienestar social».

De tal forma, que con la adición de un tercer párrafo al artículo 30 de la Ley de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo, se precisa que la Secretaría de Salud promoverá, dentro de los servicios de salud mental del primer nivel de atención, programas de orientación, apoyo emocional y prevención del desgaste físico y mental dirigidos a las personas cuidadoras de personas que requieran cuidados permanentes o de larga duración.

En el Artículo 16 de la Ley de Salud Mental del Estado de Michoacán de Ocampo se determinó que Para la prevención de riesgos en materia de salud mental, el Gobierno implementará acciones para promover programas de apoyo emocional, orientación y prevención del desgaste físico, emocional y mental de las personas cuidadoras de personas que requieran cuidados permanentes o de larga duración.

La legisladora María Itzé Camacho señalo que el cuidado prolongado puede generar un impacto significativo en la salud física y emocional de quienes lo realizan, y que el cuidado intensivo puede generar consecuencias como deterioro en la calidad de vida, aislamiento social, agotamiento emocional y afectaciones a la salud física, particularmente cuando el cuidado se realiza durante largos periodos y con escaso apoyo institucional o comunitario.

Propone Erendira Isauro reforma para garantizar educación inclusiva, con perspectiva de género y derechos humanos en Michoacán

By Legislativo

Con el objetivo de armonizar la legislación estatal con la Ley General de Educación y fortalecer el derecho de niñas, niños, adolescentes y jóvenes a una educación libre de discriminación, exclusión y violencias, la diputada Erendira Isauro Hernández presentó, junto con el diputado Marco Polo Aguirre Chávez, una iniciativa para reformar el primer párrafo del artículo 23 de la Ley de Educación del Estado de Michoacán de Ocampo.

La legisladora planteó que la educación en Michoacán debe garantizarse bajo criterios de inclusión, perspectiva de género y derechos humanos, eliminando toda forma de discriminación, exclusión y violencias, así como las condiciones estructurales que puedan representar barreras para el aprendizaje y la participación.

Erendira Isauro sostuvo que la educación debe entenderse como un derecho humano fundamental para garantizar la dignidad, la movilidad social, la equidad de género y la erradicación de desigualdades, por lo que consideró necesario actualizar el marco jurídico estatal frente a los principios de igualdad sustantiva y no discriminación.

La diputada advirtió que en Michoacán persisten condiciones de exclusión, violencia de género y rezago educativo que afectan principalmente a personas con discapacidad, mujeres, niñas, adolescentes, juventudes y comunidades históricamente vulneradas, razón por la cual subrayó la importancia de dotar al sistema educativo de herramientas legales más claras para remover dichas barreras.

Isauro Hernández señaló que la reforma al artículo 23 permitirá incorporar un lenguaje garantista y alineado con los tratados internacionales, además de obligar a las autoridades educativas a fortalecer reglamentos escolares, lineamientos operativos y protocolos de convivencia bajo criterios de inclusión, derechos humanos y perspectiva de género.

La propuesta establece además que, una vez aprobado y publicado el decreto, la Secretaría de Educación en el Estado contará con un plazo máximo de 120 días naturales para realizar las adecuaciones correspondientes a la normativa escolar vigente.

Con esta reforma, la diputada Erendira Isauro Hernández reafirmó su compromiso con una educación más justa, incluyente y libre de violencias, en la que todas y todos los estudiantes puedan aprender, permanecer y participar plenamente en condiciones de igualdad.