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Derechos de la mujer avanzan con modificaciones en materia de Parto Respetado y Lactancia Materna: Brenda Fraga

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– La legisladora señaló como un avance importante lo aprobado por el Congreso en la sección denominada Atención Materno Infantil, Parto Respetado y Lactancia Materna.

*Morelia, Michoacán, 27 de octubre del 2023.-* Luego de la aprobación de los dictámenes relacionados con los cuidados Materno-Infantil, Parto Respetado y Lactancia Materna en el Congreso de Michoacán, la Diputada Local del PT Brenda Fraga Gutiérrez, señaló la importancia de que el Pleno de la 75 Legislatura, estableció estas modificaciones a la ley, donde se especifica que durante del embarazo, puerperio o postparto, trabajo de parto y en la atención de la recién nacida, es obligación y responsabilidad del personal de salud de los establecimientos públicos y privados, garantizar la intimidad durante el proceso de asistencia y facilitar la participación de la paciente como protagonista de su propio parto, aspectos que fueron señalados en su propuesta de Ley de Parto Respetado, que fue avalado por la Comisión de Salud y Asistencia Social y la Comisión de Gobernación.

La legisladora petista también destacó que con la aprobación de este este dictamen, los prestadores de servicios de salud, tendrán que informar a la paciente y a las personas que la acompañan, sobre las distintas intervenciones médicas que pudieren tener lugar durante esos procesos; priorizar el parto natural; realizar lo conducente para que una persona de la confianza de la paciente la acompañe durante el trabajo de parto y postparto, y la paciente tenga a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario desde los primeros minutos de nacido, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales.

Fraga Gutiérrez destacó las adiciones a la Ley de Salud en Michoacán en cuestión para dar el carácter prioritario a la prestación de servicios de atención a la salud materno-infantil, comprendiendo la atención integral, prevención y detección de enfermedades hereditarias y congénitas a través de las pruebas neonatales, y la vigilancia de los derechos humanos de la mujer y su hijo o hija durante el embarazo, parto, puerperio, crecimiento, desarrollo e integración del bienestar familiar.

La representante de Uruapan Sur, señaló que como integrante de la Comisión de Salud, seguirá con el impulso para que las políticas públicas que protejan los Derechos Humanos de las mujeres y los menores, así como ser vigilante de que tengan seguimiento y se cumpla, principalmente en instituciones de servicio público, que son quienes más demanda tiene por parte de la población que más lo necesita.

Creará 75 Legislatura Fondo de apoyo para menores con heridas por quemaduras

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* El monto será por el equivalente a un día de dieta salarial de cada diputado solidario con la causa.

*Morelia, Michoacán, a 27 de octubre de 2023.-* La 75 Legislatura de Michoacán determinó crear un fondo de apoyo a niños con lesiones graves producidas por quemaduras, con recursos aportados por diputados solidarios con la causa, equivalentes a un día de salario.

El Pleno del Congreso del Estado giró la instrucción para que la Secretaría de Administración y Finanzas concrete este fondo, para destinarlo a la atención de niñas, niños y adolescentes michoacanos con quemaduras, que actualmente se atienden en la Ciudad de México.

El recurso será entregado ante un familiar del menor y un representante del Congreso del Estado.

A propuesta de las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, el acuerdo refiere que, en el Estado, las quemaduras de niñas, niños y adolescentes representan la quinta causa de accidentes en el hogar; que de acuerdo a la extensión y profundidad de las mismas, éstas deben tratarse en hospitales de segundo y tercer nivel equipados con unidad de quemados (áreas específicas con terapia intensiva), el equipo multidisciplinario adecuado y medicamentos especializados para el control y prevención de infecciones, manejo de dolor, control de la presión arterial y del corazón, prurito, tratamientos quirúrgicos e implantes de piel, entre otros.

La propuesta de acuerdo busca, por un lado, crear conciencia de la importancia de la prevención para evitar accidentes y, por otra parte, asegurar que el Poder Legislativo del Estado de Michoacán genere lazos de solidaridad entre los padres de familia y sus hijos que requieren de manera urgente atención, rehabilitación y tratamiento médico especializado.

De igual forma, se precisa en el documento que la atención médica especializada no es posible recibirla en el Hospital Infantil de Morelia “Eva Sámano de López Mateos”, razón por la que los pacientes con quemaduras severas deben ser trasladados a diferentes instituciones hospitalarias de la Ciudad de México, como es el Hospital Pediátrico de Tacubaya o el Instituto Nacional de Rehabilitación, entre otros, por lo que el apoyo económico resulta de gran importancia.

Determina 75 Legislatura que delitos sexuales contra menores ya no prescribirán en Michoacán

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*Morelia, Michoacán; a 27 de octubre de 2023.-* Con una reforma al artículo 105 del Código Penal del Estado, y por unanimidad, el Pleno de la 75 Legislatura determinó que los delitos sexuales cometidos en contra de menores, ya no prescribirán en Michoacán.

En esta lista se incluyen violación, abusos sexuales y aquellos que están dentro del catálogo de los delitos contra el libre desarrollo de la personalidad y contra la libertad personal, por constituir graves violaciones a derechos humanos en perjuicio de la niñez y la adolescencia michoacanas.

Al votar a favor del dictamen elaborado por la Comisión de Justicia, a partir de las iniciativas presentadas por el diputado Víctor Manuel Manríquez González y la ciudadana Verónica Huante Parra, se estableció que, por ley, en los casos de los delitos referidos que hubiesen sido cometidos en contra de una persona menor de dieciocho años de edad, la acción y las penas serán imprescriptibles.

En el cuerpo del dictamen sometido a consideración del Pleno Legislativo, se concluyó que ambas iniciativas eran coincidentes en externar la preocupación de que cualquier delito que implique una agresión sexual (violación, abuso, acoso, pedofilia, pornografía, etcétera), a una niña, niño o adolescente, no queden impunes por el solo transcurso del tiempo, por lo que en ambas se propone que este tipo de delitos sea imprescriptible.

En su trabajo de análisis, la Comisión de Justicia consultó la jurisprudencia sobre el tema y determinó que la prescripción de la acción penal es inadmisible e inaplicable cuando se trata de muy graves violaciones a los derechos humanos en los términos del Derecho Internacional.

“Es importante partir de la cuestión de si tratándose de delitos de índole sexual cometidos en agravio de niños, niñas y adolescentes, son de una gravedad que los lleve al umbral de imprescriptibles”, reseña el dictamen.

De igual forma, precisa que para determinadas conductas delictivas, no son admisibles las figuras de prescripción, excluyentes de responsabilidad o amnistías, que tengan por objeto o resultado la impunidad o inactividad del estado de investigar, procesar y sancionar a los responsables de dichas conductas, sin que ésta regla sea absoluta.

Ante el Pleno del Poder Legislativo se resaltó que esta especie de delitos dejan en las personas daños y secuelas graves que no pudieran ser detectados en un principio por la persona, sino ya hasta que ha llegado a la edad adulta y decide denunciar los delitos de los que fue víctima.


Promueve 75 Legislatura salud mental de familias en proceso de divorcio

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* Niños podrán acceder a terapia psicológica si sus padres se separan.

*Morelia, Michoacán, a 26 de octubre de 2023.-* En un proceso de divorcio, el Tribunal deberá invitar a las partes involucradas a recibir terapia psicológica, ya sea de manera privada o en el sector público, de tal forma que puedan llevar relaciones emocionales saludables en un marco de cordial convivencia y sano desarrollo.

Así lo establecieron integrantes de la 75 Legislatura, al aprobar la adición del artículo 394 bis del Código Familiar para el Estado de Michoacán.

De acuerdo con el dictamen puesto a consideración del Pleno por la Comisión de Justicia, la iniciativa fue presentada por el ciudadano Óscar Fernando Ríos Pimentel, quien planteó la necesidad de obligar a los padres en proceso de divorcio, a tomar y acreditar ante el órgano jurisdiccional, una terapia psicológica que abone a la sana convivencia, los cuidados y atención de un menor.

A partir de la aprobación del mismo, el Artículo 394 bis a la letra señala que “en todos los casos en que se vean involucrados los derechos de custodia y convivencia de niñas, niños y adolescentes, el tribunal invitará a las partes a acudir a recibir terapia psicológica, brindándoles los auxilios y salvaguardas necesarias, para que puedan acudir de forma efectiva al lugar de su elección o ante las autoridades de salud mental con que cuenta el Estado”.

De igual forma, refiere que será potestad de las partes, el acudir a la misma, sin mayores consecuencias jurídicas nocivas, y podrá ser solicitada por éstas en cualquier etapa del proceso, incluidas las preliminares o durante su fase ejecutiva.

En la exposición de motivos, la Comisión de Justicia llegó a la conclusión de que la iniciativa de reforma no debía incluir el carácter obligatorio de la terapia ni tampoco imponer consecuencias jurídicas que puedan implicar la separación del niño y niña de su familia nuclear, como lo había dispuesto en su iniciativa el proponente.

Por ello, determinaron otorgar al juez la facultad para invitar a las partes a recibir terapias individuales o familiares, a fin de brindar a los progenitores y sus descendientes, las herramientas necesarias para que puedan llevar relaciones emocionalmente saludables.

“Pues aun cuando el Estado está impedido a realizar acciones que de suyo constituyan injerencias arbitrarias en la vida íntima y familiar de las personas, tampoco puede ser ajeno a las realidades sociales que imperan y entonces debe diseñar todas aquellas acciones que garanticen el ejercicio del derecho del niño y niña a la familia, adoptando incluso, dentro un marco de respeto a los derechos humanos, todas aquellas medidas destinadas a la protección de la familia que permitan y faciliten el adecuado ejercicio de los derechos y deberes parentales y prevengan así situaciones de desprotección del infante y adolescente”, dictaminaron.

Creación de Centro de Atención y Justicia aportará a la protección de nuestra niñez y adolescencia: Diputada Ivonne Pantoja

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*Morelia, Michoacán, 26 de octubre de 2022.-* La 75 legislatura aprobó la creación del Centro de Atención y Justicia para niñas, niños y adolescentes a través del cuál se garantizará el derecho a una vida libre de violencia, priorizando estrategias de prevención, informó Ivonne Pantoja Abascal, presidenta de la Mesa Directiva del Congreso.

Al celebrar que el dictamen emitido por la Comisión de Protección a la Niñez y Adolescencia, de la que forma parte, fue apoyado por las y los legisladores, Pantoja Abascal explicó que con un trabajo interinstitucional se dará una atención integral a los menores que lo requieran.

“Desde la Comisión de Protección a la Niñez y Adolescencia promovimos esta iniciativa de creación del Centro de Atención y Justicia, con el objeto de dar un acompañamiento integral para todas las niñas, niños y adolescentes del estado. Como diputados podemos generar mejores condiciones para el desarrollo de nuestros pequeños y jóvenes, una atención más efectiva y enfocada a este sector, porque en este Centro convergerán los trabajos de instituciones como Fiscalía, DIF estatal y Poder Judicial”.

Ivonne Pantoja destacó que las y los legisladores tienen el compromiso de velar por la procuración de justicia, atención y bienestar de las niñas, niños y adolescentes.

“Todo lo que hagamos por procurar la justicia, atención y bienestar de las niñas, niños y adolescentes es un avance en la construcción de un mejor estado y en la protección de nuestra niñez”.

Reiteró que continuará defendiendo y llevando a tribuna iniciativas que aporten a mejorar las condiciones en las que viven los niños y jóvenes en Michoacán.

Tendrá Michoacán Centros de Justicia de Protección a la Niñez y Adolescencia: 75 Legislatura

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*Morelia, Michoacán, a 26 de octubre del 2023.-* En una decisión sin precedente, el Pleno de la 75 Legislatura aprobó, por unanimidad, la creación de Centros de Justicia de Protección a la Niñez y Adolescencia, espacios de resguardo integral de menores, garantes del efectivo cumplimiento del marco jurídico que protege los derechos de esos sectores poblacionales.

Su labor, será eje prioritario, que sirva para sistematizar y atender adecuadamente los casos en que se ven involucrados o afectados los derechos de los menores michoacanos.
 
En este marco, las y los legisladores coincidieron en el llamado a que se fortalezcan las instancias encargadas de la operatividad de dichos espacios; que sean eficientes y cumplan los estándares del plazo razonable; que brinden garantías de no repetición; que garanticen el acompañamiento de la niñez e infancia que se vea involucrada en el sistema de justicia; que se aplique de forma diferenciada y efectiva en los casos especiales (individuales y comunitarios) que por sus particularidades o gravedad así lo requieran y que se tenga la capacidad de emitir medidas transformadoras de reparación.
 
“Es prioridad de esta Legislatura la preservación de los derechos de niñas, niños y adolescentes; para ello, todas aquellas acciones encaminadas a garantizarlos serán analizadas bajo el respeto al principio del interés superior de la niñez”, refiere el dictamen.
 
En ese mismo sentido, establecieron que la creación de los centros será de corte legislativo y no meramente administrativo, para garantizar su permanencia pese a los cambios políticos que pudieran surgir eventualmente en la entidad, y que estaría bajo la coordinación de la Secretaría de Gobierno, a efecto de tener mayor acercamiento institucional con las dependencias y autoridades involucradas en el funcionamiento de dicho centro de justicia para niñas, niños y adolescentes.

Derechos Humanos superiores a cualquier burocracia oficial para ocultar la verdad

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– La Diputada Brenda Fraga presentó una propuesta de acuerdo que fue aprobada por el Legislativo, para que se exhorte a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a presentar el informe que tiene sobre la desaparición de 5 miembros de la familia Guzmán Cruz, por parte del Gobierno Mexicano y que los tiene como victimas por técnicismos y trámites desde hace 49 años.

*Morelia, Michoacán, 26 de octubre del 2023.-* Tras años de sistemática negación de justicia para la familia Guzmán Cruz, tras 49 años de la desaparición forzada de José de Jesús Guzmán y sus hijos Amafer, Solón Adenauer, Armando y Venustiano Guzmán Cruz, en la comunidad de Tarejero, Municipio de Zacapu, la Diputada Local del Partido del Trabajo, dio voz al reclamo de sus familiares ante el soslayo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, quien aseguró tener un informe profundo sobre que lo sucedido y que no a presentado, por tal motivo presentó un punto de acuerdo para que la institución presente este informe.

Durante su exposición, la congresista del PT detalló la forma arbitraria en que fueron sometidos y posteriormente desaparecidos en 1974, así como la lucha contra el sistema para esclarecer los hechos, luego de denuncias ante organismos protectores de derechos humanos y que simplemente no ha podido responder sus dudas.

«Hoy, a 49 años de la desaparición forzada de la familia Guzmán Cruz y a 10 años de haberse presentado la denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Consejo Supremo Indígena de Michoacán, Consejo libre y autónomo, independiente de gobiernos, partidos políticos y órdenes religiosas, conformado por autoridades civiles, comunales y tradicionales de 70 comunidades originarias, los familiares de los desaparecidos y muchas otras personas de nuestra sociedad, consideramos urgente la generación de mecanismos verdaderamente eficaces que pongan fin a la crisis de desapariciones forzadas, acciones que permitan garantizar el derecho a la verdad y la justicia de las personas desaparecidas y sus familias».

La propuesta de acuerdo de la legisladora Fraga, fue acompañada por el representante del Consejo Supremo Indígena de Michoacán, Pavel Ullianov Guzmán y Abdallán Guzmán Cruz, hermano de los cuatro desaparecidos, quien detalló que en 2006 se presentó un documento ante la CIDH, solicitándole su intervención para la presentación con vida de sus familiares, pues han sido años de incertidumbre y sospechan que nuevamente los mantendrán sin respuestas.

“Nos dicen que ya está el estudio de fondo, pero que todavía no nos toca, que hay otros casos. No lo vemos de esa forma, algo está pasando por ahí, tal vez exista un acuerdo entre la CIDH y el gobierno mexicano. A nosotros el Gobierno de México nos ofreció una reparación del daño a través de dinero, nosotros no queremos dinero, queremos justicia y verdad, una asunción implícita de la responsabilidad del Estado mexicano en los hechos».

Ante esta situación, la 75 Legislatura aprobó esta propuesta, donde además del informe se tomen todas las medidas necesarias para sancionar y reparar los hechos, pues recientemente se aprobó la Ley de Desaparición Forzada de Personas para Michoacán, en acto de urgencia para las familias que tienen a un ser querido bajo esta condición.

«La familia y las organizaciones acompañantes, solicitaron que en el informe de fondo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, recomiende al Estado mexicano que tome todas las medidas necesarias para esclarecer, sancionar y reparar los hechos, tomando en cuenta las líneas de investigación y búsqueda que emergen de la documentación detallada oficial de las circunstancias y curso de las desapariciones forzadas, y que las violaciones denunciadas se insertan en el contexto de sistemáticas violaciones a derechos humanos durante la Guerra Sucia». Concluyó Fraga Gutiérrez.


75 Legislatura mejora políticas de atención en la Ley Estatal de Salud

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* Aprueban cuatro dictámenes en la materia.

*Morelia, Michoacán, a 25 de octubre de 2023.-* Para mejorar las políticas de atención a la salud de las y los habitantes, el Pleno de la 75 Legislatura realizó diversas modificaciones a la Ley de Salud del Estado de Michoacán en materia de planificación familiar, cuidado materno-infantil y transfusión sanguínea.

El objetivo es mejorar y hacer más accesible la prestación de los servicios, como la planificación familiar; de ahí que las y los legisladores establecieron en el artículo 6 de dicha Ley, que corresponderá a la Secretaría de Salud operar, supervisar y evaluar la promoción de programas de comunicación educativa en planificación familiar y educación sexual y la asesoría para la prestación de servicios en el tema a cargo de los sectores público, social y privado.

Además, la Secretaría de Salud tendrá participación en el establecimiento de mecanismos idóneos para la determinación, elaboración, adquisición, almacenamiento y distribución de medicamentos y otros insumos destinados a los servicios de planificación familiar; la Oclusión Tubería Bilateral (OTB) o Salpingoclasia, como método anticonceptivo definitivo.

Paralelamente, el Pleno de la 75 Legislatura estableció por ley que durante del embarazo, puerperio o postparto, trabajo de parto y en la atención del recién nacido, es obligación y responsabilidad del personal de salud de los establecimientos públicos y privados, garantizar la intimidad durante el proceso de asistencia y facilitar la participación de la paciente como protagonista de su propio parto.

Además, tendrán que informar a la paciente y a las personas que la acompañan, sobre las distintas intervenciones médicas que pudieren tener lugar durante esos procesos; priorizar el parto natural; realizar lo conducente para que una persona de la confianza de la paciente la acompañe durante el trabajo de parto y postparto, y la paciente tenga a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario desde los primeros minutos de nacido, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales.

De igual forma, fue aprobado adicionar el artículo 17 B de la Ley en cuestión para dar el carácter prioritario a la prestación de servicios de atención a la salud materno-infantil, comprendiendo la atención integral, prevención y detección de enfermedades hereditarias y congénitas a través de las pruebas neonatales, y la vigilancia de los derechos humanos de la mujer y su hijo o hija durante el embarazo, parto, puerperio, crecimiento, desarrollo e integración del bienestar familiar.

Finalmente, en el mismo rubro de salud, el Poder Legislativo adicionó el artículo 177 Bis a la Ley en la materia, para establecer que la Secretaría de Salud será la responsable de definir, supervisar y aplicar las políticas en el tema de transfusión sanguínea, teniendo como atribuciones:

* Coordinarse con el Centro Nacional de Transfusión de Sanguínea, para el cumplimiento de sus objetivos
* Tener a su cargo el Centro Estatal de la Transfusión Sanguínea
* Coadyuvar con la autoridad sanitaria federal para la expedición, revalidación o revocación, en su caso, de las autoridades y licencias sanitarias que en la materia requieran las instituciones públicas

Garantiza 75 Legislatura periodo de hasta 10 años para reclamo de herencias

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*Morelia, Michoacán, a 25 de octubre de 2023.-* Diputados de la 75 Legislatura aprobaron modificaciones al Código Civil para garantizar un periodo de hasta 10 años para el reclamo de herencias a quienes no se encuentren contemplados en un testamento, a partir de la muerte del autor o de la declaración de presunción de muerte de un ausente.

En Sesión Extraordinaria celebrada este miércoles, el Pleno del Poder Legislativo votó a favor del proyecto de dictamen elaborado por la Comisión de Justicia, sobre la iniciativa presentada por la diputada Eréndira Isauro Hernández, mediante el cual se adicionan dos párrafos al artículo 817 del Código Civil para el Estado de Michoacán.

De acuerdo con las modificaciones al ordenamiento jurídico, se estableció que el plazo de prescripción de petición de herencia por el heredero excluido o preterido, comenzará cuando se haya aperturado la herencia, siempre y cuando no se le haya incluido, y se encuentre aceptado y discernido el cargo de albacea en el sucesorio.

De igual forma, los legisladores locales, en el Artículo 187 del Código Civil, mandataron que cuando se trate de menores e incapaces, mientras dure su condición, no correrá el término citado.

En el dictamen aprobado, las y los legisladoras integrantes de esta Comisión de Justicia coincidieron en que existía un vacío legal en la legislación michoacana, que generaba incertidumbre jurídica para determinar a partir de qué momento debe computarse o iniciar a transcurrir el plazo de prescripción de la acción de petición hereditaria.

“Lo que si bien es cierto puede resolverse por conducto de silogismos judiciales que se apliquen a cada caso, no debe pasarse por alto que la interpretación de una norma puede conducir a múltiples conclusiones; lo que como se dijo, generaría incertidumbre jurídica tanto para actores y demandados, ya que en cada situación pudieran aplicarse criterios jurídicos distintos e incluso contradictorios entre sí”, precisa el dictamen.

Ante ello, la Comisión de Justicia tomó en consideración los criterios fijados en la resolución de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, respecto de a partir de qué momento comienza a transcurrir el plazo de prescripción de la acción de petición de herencia.

Fuera estigmas y discriminación que impiden acceso a la salud a las mujeres: 75 Legislatura

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* Reforman Ley de Salud y Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres.

* Obliga a diagnósticos más oportunos en materia de cáncer cervicouterino y mamario.

*Morelia, Michoacán, a 25 de octubre de 2023.-* En una decisión enfocada a garantizar la atención oportuna y necesaria a las mujeres en materia de detección temprana y prevención de cáncer cervicouterino y mamario, el Pleno de la 75 Legislatura votó a favor de reformas a la Ley de Salud y a la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, ambas del Estado de Michoacán.

Se trata, además, de combatir y erradicar los estigmas o estereotipos sociales, la discriminación y la violencia de género, que impiden o dificultan el acceso a diagnósticos tempranos, especialmente para las mujeres.

El dictamen a cargo de las Comisiones Unidas de Salud y Asistencia Social y la de Igualdad Sustantiva y de Género, establece como referencia, que en el artículo 9 de la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, se resalta que la violencia contra la salud es aquella ejercida por cualquier persona como forma de control o como resultado de usos y costumbres.

En la propuesta votada se reformó el artículo 32 de la misma ley, para facultar a la Secretaría de Salud a que capacite al personal de ese sector en materia de detección de violencia de género, identificando los obstáculos que impiden a las mujeres su derecho al acceso a la salud.

En este tenor, al reformar el artículo 31 de la Ley de Salud, se obliga a la SSM a difundir los derecho de las mujeres en la materia, con perspectiva de género y fomentando la erradicación de prácticas culturales o sociales que lo impidan o retrasen; así como promocional la eliminación de prejuicios.

Las y los legisladores, puntualizaron, con datos aportados por el área de Epidemiología de Cáncer de Mamá del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que se estima que el cáncer de mama representa el 11.7 % de todos los cánceres en el mundo; en México, en 2020, fue la enfermedad más frecuente y la primera causa de muerte en mujeres, con un estimado de 29 mil 929 nuevos casos y siete mil 931 decesos.