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Plantea Brissa Arroyo que no prescriba o venza delito de daño moral por violencia sexual y de género

By Legislativo

Con el objetivo de hacer del daño moral un derecho imprescriptible, la diputada local Brissa Arroyo Martínez planteó una iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 1101 del Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo.

La Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (GPPRD) en la 76 Legislatura, expuso que hay silencios que duran años porque el miedo, la vergüenza o la violencia sistemática impiden a las víctimas hablar, denunciar o pedir justicia.

«El daño moral ocasionado por la violencia sexual y la violencia de género es silencioso, profundo; y ese silencio causa impunidad y hace invisibles a las víctimas”, explicó.

La Congresista integrante de la Comisión de Igualdad Sustantiva y de Género, dijo que quienes padecen estos tipos de violencias, continúan sus vidas arrastrando un profundo sufrimiento.

Brissa Arroyo expuso que como si fuese algo fácil de sobrellevar, la legislación actual impone dos años para que las víctimas reclamen lo sufrido.

Todos sabemos, -agregó-, que para que una víctima pueda reclamar la reparación del daño moral, primero debe lograrse una sentencia condenatoria contra quien la agredió. Ese proceso ya es, de por sí, largo y brutal para quien ha sufrido una violación, un abuso o cualquier forma de violencia contra su dignidad.

Aun así, “nuestra legislación les impone un límite de dos años para reclamar ese daño. Dos años para alguien que quizá tardó diez en poder hablar”, añadió.

En ese contexto, propuso a la asamblea que declaremos imprescriptible la acción civil para reclamar daño moral en casos de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes, y también en los delitos cometidos contra mujeres víctimas de violencia de género.

Exhortó a las diputadas y los diputados no seguir sosteniendo un sistema que abandona a quienes más necesitan del Estado.

Argumentó que la violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes no prescribe en sus vidas. Los traumas no tienen fecha de caducidad. Los recuerdos no se borran por decreto. Y la obligación del Estado de garantizar justicia, tampoco debería borrarse.

La legisladora local recordó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que la acción para reclamar daños derivados de violencia sexual contra menores es imprescriptible.

El Artículo 1101 del Código Civil para el Estado de Michoacán señala que la acción para exigir la reparación de los daños causados en los términos del presente Capítulo, prescribe en dos años contados a partir del día en que se haya causado el daño.

Con la iniciativa se propone que: Artículo 1101. Debe decir: La acción para exigir la reparación de los daños causados en los términos del presente Capítulo, prescribe en dos años contados a partir del día en que se haya causado el daño.

Aprueban legisladores 49 leyes de ingresos municipales

By Legislativo

En Sesión Extraordinaria, el Pleno del Congreso del Estado aprobó 49 Leyes de Ingresos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2026, por lo que, hasta ahora, se ha dado certeza jurídica a noventa y nueve ayuntamientos michoacanos, a fin de que tengan posibilidades de solventar las necesidades propias de sus municipios y de sus gobernados.

Al votar a favor de las propuestas presentadas por las Comisiones Unidas de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, y, de Hacienda y Deuda Pública, se autorizaron incrementos del 3 al 6 por ciento en Cuotas y Tarifas, mientras que, por el Servicio de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento, de 3 al 10 por ciento.

Los municipios de Huaniqueo y Pátzcuaro en sus iniciativas no solicitaron incrementos; mientras que, en Aguililla, Apatzingán, Venustiano Carranza, Tanhuato y Zináparo se ajustaron los incrementos por concepto de Agua Potable, debido a que solicitaron cifras superiores a la inflación, respecto de la contenidas en la Ley de Ingresos del ejercicio fiscal vigente.

Al respecto, en los dictámenes se precisó que se realizaron los ajustes que consideraron pertinentes con base a los criterios aprobados por dichas comisiones, en congruencia con las condiciones económicas actuales, sin repercusiones significativas en el bolsillo de los ciudadanos ni en la hacienda municipal.

El Pleno aprobó las leyes de ingresos de los municipios de Angangueo, Ario de Rosales, Buenavista, Charo, Cherán, Chilchota, Coahuayana, Coalcomán, Contepec, Gabriel Zamora, Hidalgo, Huaniqueo y La Piedad.

También de Lázaro Cárdenas, Los Reyes, Madero, Maravatío, Marcos Castellanos, Morelos, Nuevo Parangaricutiro, Numarán, Panindícuaro, Pátzcuaro, Penjamillo, Santa Ana Maya, José Sixto Verduzco, Tancítaro, Tangamandapio, Tangancícuaro, Taretan, Tarímbaro, Tepalcatepec y Tingüindín.

Tocumbo, Turicato, Tuxpan, Tepalcatepec, Tzitzio, Uruapan, Yurécuaro, Zacapu, Zinapécuaro, Zitácuaro y Tlalpujahua, ya cuentan con las cuotas, tarifas y los conceptos de ingresos que la Hacienda Pública Municipal tiene derecho a percibir.

Cabe resaltar que los integrantes de ambas comisiones recibieron dichas leyes por parte de cada uno de los municipios michoacanos, para su análisis y realizar las adecuaciones que consideraron necesarias para el buen manejo del recurso público.

Incorpora 76 Legislatura el termino movilidad social ascendente a Ley de Desarrollo Social

By Legislativo

Con 27 votos a favor, el Pleno de la Septuagésima Sexta Legislatura aprobó reformar la Ley de Desarrollo Social de Michoacán, para fortalecer y orientar las políticas públicas hacia la construcción de una sociedad meritocrática, donde las oportunidades no dependan del origen social.

En sesión ordinaria, se avaló la propuesta impulsada por el diputado Reyes Galindo y dictaminada por la Comisión de Bienestar Social, mediante la cual se incorpora como objetivo prioritario el impulso a la movilidad social ascendente, entendida como la posibilidad de que las personas mejoren sus condiciones de vida independientemente de su origen socioeconómico.

Es así, que ahora que la ley señala como objetivo impulsar acciones, programas y políticas que contribuyan en la movilidad social ascendente de la población; y se faculta a la Secretaría del Bienestar a promover programas y políticas que contribuyan en la movilidad social ascendente de la población.

Asimismo, se legisló que al Consejo Consultivo le corresponde estudiar, analizar y proponer acciones, programas y políticas con enfoque de movilidad social ascendente.

Con dichas reformas se fortalece el marco normativo estatal con un enfoque integral de desarrollo social, en concordancia con los compromisos internacionales en materia de Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), concluyeron las y los parlamentarios.

Dota Congreso del Estado a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de personalidad jurídica propia

By Legislativo

Con el proposito de dotar de personalidad jurídica propia a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Michoacán, manteniendo su adscripción al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) del Estado, pero otorgándole autonomía técnica y operativa, la 76 Legislatura aprobó reformar el artículo 75 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Michoacán.

Con esta reforma se fortalecerá institucionalmente a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, dotándola de personalidad jurídica y capacidad para actuar como sujeto de derechos y obligaciones, sin depender del DIF para la tramitación o ejecución de actos jurídicos, administrativos y judiciales en defensa de los menores.

Es importante señalar que “La propuesta se encuentra en armonía con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la cual reconoce la necesidad de contar con procuradurías autónomas y especializadas en materia de restitución de derechos, siguiendo los principios del interés superior de la niñez, la autonomía progresiva y la protección integral”.

Esta iniciativa responde a una demanda urgente de fortalecimiento institucional, ante el incremento de situaciones de violencia, maltrato y vulneración de derechos de niñas, niños y adolescentes en Michoacán, entidad que requiere un sistema protector con capacidad de respuesta oportuna y directa.

Con esta refroma también se garantiza la autonomía funcional y técnica, a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, lo cual le permite celebrar convenios interinstitucionales, gestionar recursos propios y representar directamente a las niñas, niños y adolescentes ante autoridades judiciales y administrativas, lo que se traduce en una protección más efectiva de sus derechos.

Centros de Atención Animal deberán emitir cedula de búsqueda de mascotas desaparecidas: 76 Legislatura

By Legislativo

A fin de agilizar la localización de mascotas perdidas, mejorar la coordinación con la ciudadanía y fortalecer las acciones de protección y bienestar animal, la 76 Legislatura reformó la Ley de Derechos, el Bienestar y Protección de los Animales en el Estado.

Lo anterior, luego de aprobar el dictamen realizado por la Comisión de Desarrollo Sustentable y Medio Ambiente, mediante el cual se reforma el artículo 19 de dicha ley para obligar a los Centros de Atención Animal a emitir y difundir una cédula de búsqueda al recibir el reporte de una mascota desaparecida, mismo que podrá presentarse mediante los medios digitales y líneas telefónicas oficiales del mismo.

Cabe destacar, que dicha cédula deberá incluir la fotografía, nombre del animal no humano, zona y fecha de extravío, así como los datos de contacto, y será publicada en los medios digitales oficiales del propio Centro.

Dicho procedimiento institucional básico es indispensable para facilitar la búsqueda y localización de animales de compañía desaparecidos, mediante herramientas sencillas, accesibles y estandarizadas que puedan activarse desde el momento en que se recibe el reporte correspondiente.

En ese sentido, las y los legisladores resaltaron que es una obligación mínima que los Centros de Atención Animal apoyen la difusión de reportes de mascotas extraviadas, medidas que contribuirán a la protección de los animales y dejar de revictimizar a las familias que, con recursos limitados, deben enfrentar solas el proceso de búsqueda.

Vanhe Caratachea busca evitar la usurpación de candidaturas para mujeres

By Legislativo

Con la intención de frenar la usurpación de espacios para mujeres en los procesos electorales, la diputada Ana Vanessa Caratachea Sánchez presentó una iniciativa de reforma al Código Electoral.

La legisladora, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN), recordó que de acuerdo con el registro de autoridades electorales, podría haber ocho presidencias municipales en Michoacán que actualmente están ocupadas por hombres que se registraron como mujeres.

“Los partidos políticos indebidamente autoadscriben a diversos candidatos hombres como mujeres, con el único propósito de que la autoridad administrativa correspondiente, determine colmada la paridad de género”, denunció la diputada de La Piedad.

Durante su argumentación, Vanessa Caratachea se remontó al año 1953, cuando se conquistó el voto femenino, pasando por la reforma de 1993, para crear las cuotas de género, que se fueron afinando en 1996 y 2002, pues persistían casos de simulación, como el de las “juanitas” y las candidaturas en distritos perdedores, hasta 2014, en que se determinó la paridad vertical y horizontal.

“La paridad no es una concesión, es un derecho y un pilar de nuestra democracia”, sostuvo.

La propuesta de la diputada es reformar el artículo 189 del Código Electoral del estado para que las personas del género masculino sean computadas como de este género en el registro, independientemente de su autoadscripción.

 

Octavio Ocampo impulsa reforma para erradicar la discriminación en las escuelas de Michoacán

By Legislativo

Con el objetivo de garantizar una educación libre de exclusión y violencia, el diputado del PRD, Octavio Ocampo, presentó ante el Congreso del Estado una iniciativa de reforma a la Ley para la Atención de la Violencia Escolar, que busca reconocer la discriminación escolar como una forma específica de agresión, así como establecer mecanismos de prevención, atención y sanción en los centros educativos de Michoacán.

La propuesta adiciona diversas fracciones a los artículos 2°, 4°, 8° y 38 de la ley vigente, con el propósito de incorporar protocolos específicos para atender casos de discriminación, reforzar el papel del Consejo Preventivo de la Violencia Escolar y promover campañas educativas permanentes sobre igualdad, diversidad y derechos humanos.

“La escuela debe ser un espacio donde todas las niñas, niños y adolescentes aprendan y se desarrollen sin miedo, sin burlas, sin exclusión. No podemos permitir que la discriminación siga normalizándose como parte de la vida escolar”, señaló Ocampo durante la presentación de la iniciativa.

Destacó que de acuerdo con la Consulta Infantil y Juvenil 2018, Michoacán se ubicó como el cuarto estado con mayor discriminación hacia la niñez y adolescencia, con un 36.7 % de menores que afirmaron haberse sentido discriminados. Entre ellos, el 40.9 % pertenecían a comunidades indígenas y casi la mitad tenía alguna discapacidad.

Asimismo, datos de la Secretaría de Igualdad Sustantiva (Seimujer) muestran que en 2021, tres de cada diez estudiantes michoacanas reportaron haber sufrido violencia en el entorno escolar, mientras que el Consejo Estatal para Prevenir y Eliminar la Discriminación documentó en 2025 varios casos por apariencia física o identidad de género, como el de una alumna de Pátzcuaro excluida por su expresión de género.

Estas cifras, sumadas al incremento de la percepción de discriminación en la población adulta (que pasó del 16.5 % en 2017 al 21.8 % en 2022 según la ENADIS), revelan la necesidad de fortalecer la legislación estatal para proteger la dignidad y diversidad en las aulas.

Con esta reforma, se pretende que los planteles educativos implementen programas de sensibilización, protocolos de denuncia y sanciones claras frente a cualquier forma de discriminación por género, discapacidad, etnia, religión, orientación sexual o apariencia física.

“Educar en igualdad no es una opción política, es una obligación moral y legal. Si no garantizamos espacios inclusivos desde la escuela, seguiremos reproduciendo desigualdades en toda la sociedad”, expresó el legislador perredista.

De aprobarse, esta iniciativa colocaría a Michoacán a la vanguardia nacional en materia de prevención de la violencia y discriminación escolar, alineando su marco jurídico con los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

Presenta Toño Carreño iniciativa para combatir reclutamiento de niños y jóvenes

By Legislativo

El reclutamiento de niñas, niños y adolescentes es una realidad dolorosa que se debe combatir, al ser una de las violaciones mas graves y dolorosas a los derechos de las infancias, estableció el diputado Antonio Carreño Sosa.

Ante ello, el legislador por Movimiento Ciudadano, presentó iniciativa con proyecto de decreto para reformar el Código Penal, en materia de reclutamiento forzado, en la modalidad de corrupción de menores.

En tribuna, Antonio Carreño reprobó que a las infancias se les arrebata la posibilidad de crecer, estudiar, jugar y tener un proyecto de vida. Les quita lo más valioso: su futuro.

Si bien, reconoció, el problema no es nuevo, en los últimos años se ha agudizado. Organismos como la Red por los Derechos de la Infancia en México y UNICEF han señalado que miles de menores han sido reclutados en el país.

Los cárteles aprovechan la pobreza, la falta de oportunidades y los entornos de violencia para engancharlos, ya sea mediante engaños, presiones o amenazas. Y en estados como Michoacán, esta realidad se vive con mayor intensidad en regiones donde la presencia criminal ha fragmentado la vida comunitaria, indicó.

“Quiero decirlo de manera simple y contundente: ningún menor se incorpora por voluntad propia a un grupo delictivo. No existe en ellos un consentimiento válido. Son víctimas, no delincuentes. Y el Estado tiene la obligación de protegerlos siempre”.

Por lo anterior, Toño Carreño dejó en claro que esta iniciativa se construye sobre una idea central: reconocer el reclutamiento forzado como una forma agravada de corrupción de menores.

Al existir otras propuestas en la materia, dijo, es fundamental darle celeridad a los dictámenes para las reformas correspondientes y que quienes reclutan o permiten que se haga, reciban las sanciones correspondientes y más importante, coadyuvar a erradicar esta lamentable práctica.

La iniciativa propone reformar los artículos 156 y 157 del Código Penal del Estado, para establecer con claridad que toda persona que reclute, adiestre, utilice o involucre a menores en actividades ilícitas comete una forma extrema de corrupción de menores y debe ser sancionada con mayor severidad. Además plantea la creación del artículo 156 Bis, que sanciona a quienes facilitan el reclutamiento de manera indirecta, como el traslado, resguardo, logística o entrega del menor.

Finalmente, Toño Carreño calificó de esencial esta reforma porque muchas veces la cadena delictiva no comienza con el reclutador directo, sino con intermediarios que hasta hoy quedaban fuera de la ley. “Esta iniciativa no solo atiende un problema de seguridad, sino un problema humano. Es un paso firme para proteger a quienes más lo necesitan”.

76 Legislatura a favor del cuidado socioemocional y salud mental de menores

By Legislativo

Las y los legisladores michoacanos concretaron reformas a la Ley de Educación del Estado de Michoacán con la finalidad establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada persona, con el impulso de programas y acciones que promuevan el cuidado socioemocional, así como la salud mental.

En Sesión Ordinaria el Pleno del Poder Legislativo determinó que, en conjunto con las autoridades de salud en la entidad, se deben impulsar programas y acciones, con la finalidad de dar a conocer a las alumnas y alumnos las particularidades que traen consigo los padecimientos socioemocionales y mentales.

Las Comisiones de Educación, de Protección a la Niñez y Adolescencia, y de Salud y Asistencia Social, al dictaminar las iniciativas presentadas por Giulianna Bugarini Torres, Sandra María Arreola Ruíz, Vicente Gómez Núñez, J. Reyes Galindo Pedraza, coincidieron en que la salud mental de los educandos es fundamental para que tenga un óptimo desarrollo dentro y fuera de las aulas de las escuelas del Estado de Michoacán.

“Estamos convencidos que, para la prestación de los servicios educativos, desde el Gobierno del Estado, se impulsará el desarrollo humano integral a fin de fortalecer la atención de la salud mental mediante el desarrollo de herramientas que proporcionen habilidades socioemocionales, como medida preventiva de problemáticas sociales”, precisa el Dictamen.

Con su voto a favor, las y los legisladores establecieron en el artículo 29, que se deberán impulsar, en concurrencia con la autoridad educativa federal y en coordinación con las autoridades de Salud del Estado, los programas y acciones para la promoción del cuidado socioemocional y la salud mental.

En el Artículo 33 se mandata que deberá fortalecerse la atención de la salud mental mediante el desarrollo de herramientas que proporcionen habilidades socioemocionales, como medida preventiva de problemáticas sociales.

Finalmente, a través del Artículo 69 Sexies se determina el impulso de los procesos de información para que el profesorado conozca los programas en educación socioemocional y fomento de la salud mental en los centros educativos, en coordinación con las autoridades de salud.

Impulsa Brissa Arroyo reforma sobre un sistema integral de cuidados que redistribuya responsabilidades y deje de recaer únicamente en las mujeres

By Legislativo

Con el objetivo de que redistribuir el sistema de cuidados y que dicha acción no recaiga solo en las mujeres sino en todos los integrantes de la familia, la diputada local Brissa Arroyo, propuso reformar el Código Familiar para el Estado de Michoacán.

Durante su exposición de motivos, la Congresista explicó que mujeres dedican el doble de su tiempo a las labores del hogar o a los cuidados de algún integrante de la familia, sin ser ésta una actividad reconocida o remunerada.

La Coordinadora del Grupo Parlamentario del PRD (GPPRD) en la 76 Legislatura, exhortó a avanzar hacia un marco legal que reconozca el valor del cuidado, redistribuya su carga y corrija una deuda histórica con las mujeres, y que permita además que quien recibe la atención tenga acceso a una mejor atención y de más calidad.

Compartió que durante 2024, las mujeres en comparación con los hombres, dedicaron el doble de su tiempo total de trabajo a actividades no remuneradas, de acuerdo con la encuesta nacional sobre el uso del tiempo 2024 del INEGI.

El trabajo no remunerado es aquel que se refiere a los cuidados de integrantes del hogar, trabajo doméstico, voluntario y comunitario. Estos datos muestran la disparidad que hay en el tema del trabajo no remunerado, se evidencia pues la brecha en los roles que se les han asignado a hombres y a mujeres.

Argumentó que esta actividad debería estar garantizada como un acto de corresponsabilidad social, en el que mujeres, hombres, integrantes de cada familia que estén en condiciones de hacerlo, así como el Estado, participen. La responsabilidad de brindar un cuidado, no debería de recaer solo en una persona.

“Hoy hago un llamado a visibilizar esta realidad. Que cuidar a nuestros seres queridos no se convierta en una carga, que el entregar nuestro tiempo y energía, no signifique el cumplimiento de un rol que por estereotipos sociales deba desempeñar una sola persona; hoy más que nunca, se vuelve necesario garantizar los equilibrios para el desarrollo pleno de las mujeres tanto en el ámbito personal, como en lo profesional.

Se propone reformar los párrafos IV y V del artículo 2°; además, se adiciona un párrafo al artículo 152; ambos del Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo; también, se adiciona la fracción VI al artículo 17 de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Michoacán de Ocampo.
Se entendería con la reforma: que las personas integrantes de la familia tienen el deber de proporcionar cuidados, en la medida de sus posibilidades, a quienes se encuentren en situación de dependencia, tales como niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad, así como de preservar sus derechos, salvo disposición legal en contrario.