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“Con ‘Ley Monse’ vamos contra la impunidad disfrazada de lealtad familiar en delitos graves”: Sandra Arreola

By Legislativo

La diputada Sandra Arreola Ruiz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), en el Congreso del Estado, presentó hoy la iniciativa con carácter de decreto denominada “Ley Monse”, que busca eliminar la figura de la excusa absolutoria por parentesco en delitos graves, con el fin de impedir que familiares o allegados protejan a agresores y eviten la justicia.

La propuesta nace del caso de Montserrat Bendimes Roldán (“Monse”), joven de 20 años víctima de feminicidio en 2021, cuyo agresor, Marlon “N”, permaneció prófugo más de un año con ayuda de sus padres, quienes se ampararon en vacíos legales para evitar ser penalizados como cómplices.

“Hoy decimos basta: la lealtad familiar no puede estar por encima de la justicia. Quien oculte a un feminicida, a un violador o a cualquier criminal debe responder ante la ley, aunque sea su padre, su cónyuge o su amigo íntimo”, afirmó la diputada Arreola Ruiz durante la presentación de la iniciativa.

Michoacán se mantiene entre los estados con mayor incidencia de feminicidio a nivel nacional. Tan solo en 2024 se registraron 18 feminicidios en la entidad, según la Fiscalía General del Estado, y entre 2024 y 2025 se reportaron 1,397 delitos sexuales contra menores de edad, donde en aproximadamente el 70% de los casos el agresor es un familiar o persona cercana, según estimaciones.

La reforma al artículo 281 del Código Penal del Estado de Michoacán establece que la excusa absolutoria no aplicará cuando el encubrimiento favorezca a autores de delitos. Así, familiares, cónyuges o personas vinculadas por afecto que oculten, auxilien o entorpezcan la captura de un responsable de estos delitos serán procesados penalmente como cómplices.

La diputada Arreola Ruiz hizo un llamado a todas las fuerzas políticas a apoyar esta reforma, ya que “Michoacán no puede seguir siendo refugio legal para la impunidad”. Recordó que la sociedad michoacana fue testigo del caso de la maestra Jessica Villaseñor, cuyo feminicida -hoy preso- fue respaldado por su círculo cercano de amigos y familiares en un intento por entorpecer la justicia para la víctima.

“La Ley Monse no solo es un homenaje a una joven que fue arrebatada brutalmente, es una herramienta para salvar vidas y para decirle a las mujeres y a los niños de Michoacán que su derecho a la justicia vale más que cualquier vínculo de sangre”, concluyó.

Adriana Campos Huirache con reforma propone reforzar la protección y el bienestar animal en Michoacán

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Con el objetivo de fortalecer el trato digno, la protección y el bienestar de los animales en Michoacán, la diputada Adriana Campos Huirache, coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXXVI Legislatura local, presentó este día ante el Pleno una iniciativa de reforma que reconoce a los animales como seres sintientes y busca garantizar condiciones adecuadas para su cuidado.

Durante la exposición de motivos, la legisladora destacó que la manera en que una sociedad trata a los animales refleja su grado de educación y civilización y recordó que hoy existe un amplio consenso científico, filosófico y social sobre la inteligencia, sensibilidad y capacidad de otras especies, mismas que forman parte de la vida cotidiana de miles de familias michoacanas.

Adriana Campos subrayó que la dignificación del trato hacia los animales ya tiene reflejo en el ámbito constitucional y reconoció la labor que llevan a cabo las organizaciones civiles dedicadas al rescate animal, muchas veces con recursos limitados.

Por ello, señaló la importancia de regular estas acciones para fortalecerlas y dar certeza jurídica, sin criminalizar ni obstaculizar la labor ciudadana.

La iniciativa presentada propone modificar los artículos 3° y 23 quater de la Ley de Derechos, el Bienestar y Protección de los Animales del Estado, para que las asociaciones protectoras cuenten con protocolos de Atención de la Fauna Doméstica, documentos técnico-operativos que deberán describir el manejo de animales rescatados o en situación de vulnerabilidad.

Dicho protocolos deberán contar con aprobación de la Secretaría del Medio Ambiente, incluir objetivos, metas e indicadores, mantener un registro vigente y presentar un censo anual de los ejemplares bajo su cuidado cuando operen refugios.

Asimismo, se establece que las acciones de protección animal garanticen respeto, dignidad, atención veterinaria, higiene, seguridad, alojamiento adecuado, alimentación y socialización, asegurando que la labor de las asociaciones se realice en un marco que realmente proteja a las especies.

Adriana Campos reiteró su compromiso de seguir impulsando propuestas que atiendan las principales demandas de la población y promuevan la responsabilidad, la empatía y el bienestar de todas las formas de vida.

Congreso del Estado regula a “influencers” en tiempos de veda electoral

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La definición de los conceptos de “influencers” y promoción digital, su regulación en la veda electoral y las sanciones a las que serán sujetos éstos, por no acatarla, quedaron establecidos en el Código Electoral del Estado de Michoacán, como parte de la regulación del entorno digital en materia electoral.

En Sesión Ordinaria, las y los integrantes de la Septuagésima Sexta Legislatura votaron a favor del Dictamen elaborado por la Comisión de Asuntos Electorales y Participación Ciudadana sobre la iniciativa del diputado Juan Carlos Barragán Vélez, mediante la cual se adiciona al artículo 3, las fracciones VIII y XV, recorriéndose en su orden las fracciones subsecuentes, y se adiciona el artículo 169 TER.

En el marco jurídico, el Pleno determinó que influencer es la persona física o moral que, a través de redes sociales o plataformas digitales, realiza de manera sistemática y continua publicaciones dirigidas a una audiencia de al menos cien mil seguidores o suscriptores, o cuyas publicaciones, en promedio, generan un nivel de exposición orgánica o de interacción que supere las cien mil impresiones, vistas o alcances mensuales, de manera verificable y sostenida.

“Esta definición no será aplicable a expresiones ciudadanas espontáneas, no remuneradas, que formen parte del ejercicio del derecho a la libertad de expresión; ni tampoco a contenidos de análisis, crítica, opinión, sátira, investigación o trabajo periodístico, los cuales no podrán ser objeto de sanción alguna, conforme a los principios constitucionales de libertad de pensamiento y prensa”, determinaron.

En el Código Electoral se precisó que la promoción digital debe entenderse como la difusión de contenidos a través de redes sociales o plataformas digitales que utilicen herramientas de promoción pagada, segmentación por audiencia, algoritmos de amplificación o cualquier otro mecanismo técnico o económico que permita dirigir el mensaje a sectores específicos de la población o multiplicar su visibilidad más allá del alcance orgánico del perfil o página emisora.

Con la adición del Artículo 169 TER, el Congreso del Estado estableció que durante el periodo de veda electoral determinado por el Instituto Electoral, queda estrictamente prohibida la difusión de propaganda político-electoral a través de redes sociales o plataformas digitales.

Medida que será aplicable para los influencers; los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidatos que, de manera directa o indirecta, contraten, financien o induzcan a la difusión de contenido político-electoral por parte de influencers; y cualquier persona física o moral que, a través de contratación, patrocinio, colaboración o cualquier modalidad análoga, difunda contenidos de propaganda político-electoral en dicho periodo.

Las infracciones a lo dispuesto serán sancionadas conforme a las disposiciones del Código Electoral y la normatividad aplicable, las cuales contemplan multas económicas proporcionales a la gravedad de la infracción y al impacto de la propaganda difundida; y, orden de retiro inmediato del contenido infractor en un plazo no mayor a veinticuatro horas contadas a partir de la notificación de la autoridad electoral.

Se crean organismos que velarán por los intereses del sector mezcalero: 76 Legislatura

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En sesión ordinaria, las y los diputados locales aprobaron crear la Comisión Intersecretarial para el Fomento y Promoción del Mezcal, así como el Consejo Michoacano del Mezcal, órganos que representarán y defenderán los intereses del sector, promoviendo políticas publicas específicas y apoyos que impulsen su desarrollo integral.

Lo anterior al reformar diversos artículos de la Ley del Mezcal de Michoacán, para incorporar y dotar a dichos órganos con facultades y atribuciones que garanticen que los mezcaleros contaran con las herramientas necesarias para empoderarse e imponer su propio ritmo en la producción y calidad del mezcal.

Es así, que el dictamen elaborado por la Comisión de Industria, Comercio y Servicios establece que la Comisión Intersecretarial para el Fomento y Promoción del Mezcal, que se creará, estará integrada por: la Secretaría de Desarrollo Económico, quien la presidirá; la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural; la Secretaría de Turismo; la Secretaría de Cultura y, la Secretaría del Medio Ambiente.

Cabe desatacar, que cada una de las dependencias que la integran deberán destinar recursos suficientes de su presupuesto para actividades de promoción, comercialización, fortalecimiento de la cadena productiva, investigación y sostenibilidad ambiental del sector mezcalero, los que serán administrados por las propias dependencias.

La Comisión tendrá la facultad de realizar el registro y actualización del padrón de productores certificados; capacitación y asistencia técnica integral a lo largo de la cadena productiva; fomento a empresas mezcaleras y productores rurales; generación y difusión de información estratégica para el desarrollo de la producción; impulso a la sanidad, inocuidad y calidad de la misma; así como, celebrar convenios y acuerdos de concertación con instituciones públicas y privadas, nacionales o internacionales, entre otros.

Paralelamente, se estableció que el Consejo Michoacano del Mezcal será un órgano de carácter consultivo, especializado en el análisis, propuesta y seguimiento de políticas públicas orientadas al fomento de la producción, transformación y comercialización del Mezcal en la entidad.

El cual, actuará como instancia de participación y asesoría en apoyo a las acciones implementadas por las dependencias competentes, principalmente en los municipios que cuentan con la Denominación de Origen Mezcal, y será consultivo para cada una de las dependencias que integran la Comisión Intersecretarial; y, tendrá que sesionar cuando menos tres veces al año de forma ordinaria y extraordinaria.

De esa forma, con la incorporación de un órgano que impulse su producción y promoción, se consolidará a los mezcaleros michoacanos con el compromiso de consolidar las tradiciones y su conocimiento ancestral, que será transmitido a las nuevas generaciones, coincidieron las y los legisladores.

Congreso del Estado amplía reconocimiento de derechos de la infancia michoacana

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Con la finalidad de ampliar el reconocimiento legal de los derechos de la infancia en Michoacán, las y los legisladores del Congreso del Estado de Michoacán votaron a favor de reformas a los artículos 5°, 14 Bis y 54 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Michoacán de Ocampo.

Con las nuevas disposiciones, el Pleno de la 76 Legislatura definió el concepto de Violencias contra las niñas, niños y adolescentes como toda forma de prejuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual.

El Artículo 14 Bis precisa que la Niñas, niños y adolescentes, nacionales o extranjeros, podrán comprobar su identidad con documento válido y legal emitido por la autoridad competente. Sin que la falta de la documentación para acreditar su identidad sea obstáculo para garantizar sus derechos, en ninguna circunstancia.

Mientras que en el Artículo 54 se mandata que las autoridades estatales, garantizarán que en los procedimientos jurisdiccionales se emitan las medidas de protección urgentes o cautelares necesarias para garantizar la prevención de posibles daños a su integridad personal, así como para evitar cualquier tipo de violencias en su contra.

También, que dichas autoridades deberán realizar de manera oficiosa y asequible las pruebas psicológicas y de entorno social necesarias para garantizar la prevención y protección adecuada de niñas, niños y adolescentes que resulten víctimas de cualquier tipo de violencias.
De acuerdo con el Dictamen elaborado por la Comisión de Protección a la Niñez y Adolescencia, sobre la iniciativa presentada por las diputadas Brissa Ireri Arroyo Martínez, Ana Belinda Hurtado Marín, Adriana Campos Huirache, Grecia Jennifer Aguilar Mercado, Diana Mariel Espinoza Mercado, Sandra María Arreola Ruiz, Ana Vanessa Caratachea Sánchez y María Itzé Camacho Zapiaín, su finalidad es ampliar el reconocimiento legal de los derechos de la infancia en Michoacán.

Lo anterior, estableciendo disposiciones claras para identificar y actuar ante diversas formas de violencia, así como proteger a los menores sin documentación, garantizando el principio de no exclusión por motivos administrativos.

Cabe destacar que la iniciativa responde al incremento de casos de violencia infantil en el Estado y a las barreras que enfrentan menores indocumentados, lo que permitirá mayor reacción institucional y mejor atención multidisciplinaria en casos de riesgo.

Con las reformas aprobadas se refuerza el sistema estatal de protección integral, garantiza la igualdad de derechos sin discriminación y dota a las autoridades de mecanismos claros y eficaces para la protección inmediata de la niñez michoacana.

Aprueba 76 Legislatura reformas para garantizar la forestación y reforestación con árboles nativos de sus respectivas regiones

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A fin de asegurar a la población de Michoacán un resarcimiento del entorno natural, el Pleno de la 76 Legislatura aprobó, con 31 votos a favor, diversas reformas Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán.

De esta forma se estableció, según el artículo 4º que “El ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano, tenderá a mejorar las condiciones de vida de la población urbana y rural, mediante: La forestación y reforestación de zonas urbanas y rurales del Estado, con árboles nativos de la región, los cuales se colocarán de acuerdo con las condiciones correspondientes para garantizar su conservación y crecimiento”.

Además también se agregó como atribución de los ayuntamientos, el garantizar la forestación y reforestación con árboles nativos de la región, y asegurar la gestión, protección, conservación y manejo de las áreas verdes y las zonas de conservación y protección ecológica ubicadas en el municipio.

El dictamen aprobado señala que “estas refromas son con el fin de garantizar el derecho humano a un medio ambiente, mejorar la calidad de vida de los habitantes de las zonas urbanas y contribuir en la conservación de los ecosistemas y además reducir el riesgo de desastres naturales en las poblaciones”.

En ese sentido, las y los legisladores locales coincidieron en la importancia que tienen los árboles para la supervivencia de los seres vivos que habitan en la tierra, gracias a las diversas funciones que tienen los árboles, por lo que la intervención del hombre debe estar enfocada únicamente a su protección, cuidado para su preservación.

 

Fortalece 76 Legislatura IMPLAN en Ley Orgánica Municipal

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La 76 Legislatura fortalece el marco jurídico municipal, al consolidar al Instituto Municipal de Planeación (IMPLAN) como un instrumento clave de planeación estratégica, estableciendo que su conformación podrá darse como organismo descentralizado o bien como órgano centralizado dentro de la administración municipal.

El dictamen presentado por la Comisión de Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales, y avalado en sesión ordinaria por el Pleno del Poder Legislativo, reforma los artículos 192, 193 y se adiciona el artículo 192 Bis. de la Ley Orgánica Municipal del Estado, para dotar a los municipios de mayor flexibilidad organizativa.

De igual forma, se aprobó que cuando el IMPLAN sea creado como un organismo descentralizado de la Administración Pública Municipal, contará con personalidad jurídica y patrimonio propio, de lo contrario, éste dependerá administrativamente del Ayuntamiento, bajo las reglas presupuestarias y de organización interna.

Es así que con 34 votos se aprobó la reforma a dicha ley que también abre mejores condiciones para que quienes encabecen estos institutos cuenten con los elementos necesarios para cumplir con su responsabilidad, es decir, se estableció el requisito de ser ciudadana o ciudadano Michoacano en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles.

Finalmente las y los legisladores manifestaron que con estas reformas, se abona a reducir las brechas existentes entre municipios y asegurar que la planeación sea una herramienta accesible, equitativa y útil para impulsar el desarrollo local en cada uno de los contextos de los municipios.

Plantea Diana Espinoza reforma a la Ley de Salud para dignificar atención medica en Centros de Readaptación Social

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Como parte del compromiso por mejorar las condiciones de salud en la entidad, y en cumplimiento con los lineamientos nacionales e internacionales en materia de Derechos Humanos, la diputada Diana Mariel Espinoza Mercado, presentó la iniciativa de reforma al artículo 121 de la Ley de Salud del Estado de Michoacán.

Esta propuesta, busca dar cumplimiento a los lineamientos nacionales e internacionales en materia de Derechos Humanos, en los Centros de Readaptación Social, donde quienes cumplen alguna condena, no cuentan con acceso a servicios de salud dignos.

«Este planteamiento, solo busca cumplir con el respeto al derecho a la salud para todas y todos los michoacanos», mencionó la diputada del Partido del Trabajo (PT).

Resaltó que el Estado tiene la responsabilidad indeclinable de proteger la integridad, salud y las posibilidades de reinserción social, «por lo que dar atención a esta necesidad es urgente e inaplazable».

«Hablo de falta de medicamentos, carencia de personal especializado, atención psiquiátrica insuficiente, poca cobertura en salud mental, infraestructura médica limitada y ausencia de servicios esenciales para mujeres y personas con adicciones. Estas condiciones no solo violan derechos humanos; también obstaculizan la reinserción social, uno de los fines constitucionales del sistema penitenciario», agregó.

En la exposición de motivos, la diputada de la bancada del PT indicó que está reforma busca dotar de servicios médicos en áreas colo nutrición, ginecología, salud mental, odontología, salud sexual y reproductiva, abasto de medicamentos e insumos, entre otros.

La propuesta fue turnada a las Comisiones correspondientes, a fin de que sea analizada y, posteriormente, aprobada por la 76 Legislatura.

 

Barragán impulsa reforma para garantizar justicia para familias de trabajadores fallecidos

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El diputado Juan Carlos Barragán presentó una iniciativa de reforma para garantizar que las familias de trabajadores del Estado no pierdan el derecho a pensiones, indemnizaciones o recursos derivados de la muerte de un ser querido por el simple hecho de que transcurrió el plazo legal.

Actualmente, la ley establece que estos derechos prescriben a los dos años del fallecimiento del trabajador, lo que deja en indefensión a viudas, hijos y adultos mayores que enfrentan procesos largos, trámites complejos y situaciones de duelo.

“No puede haber reloj que limite la justicia. No es justo que el Estado se ampare en el tiempo para evadir su responsabilidad moral y legal con las familias de quienes le sirvieron toda su vida”, afirmó Barragán.

El diputado explicó que su propuesta busca que los derechos laborales no desaparezcan con el tiempo, pues la Constitución y los tratados internacionales establecen que las prestaciones deben proteger a las personas que dependían del trabajador, aun después de su muerte.

”La muerte no puede ser una barrera para el derecho, sino una razón más para fortalecerlo. El esfuerzo de una vida debe traducirse en protección, no en abandono”, añadió.

Barragán recordó que maestras, médicos, policías, trabajadores administrativos, personal operativo y todas las personas que sostienen al Estado con su trabajo merecen que sus familias sean tratadas con dignidad. La reforma, destacó, no crea privilegios, sino que corrige una injusticia que ha afectado por años a miles de familias.

“Esta iniciativa coloca a Michoacán a la altura de los principios constitucionales y de los tratados de derechos humanos. Sobre todo, envía un mensaje claro, en este Congreso creemos en una justicia que no caduca y que acompaña”, subrayó.

Finalmente, el legislador puntualizó que seguirá promoviendo reformas que pongan a las personas al centro de la ley y que dignifiquen el servicio público.

 

Congreso del Estado busca regular los rastros municipales

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El Pleno de la Septuagésima Sexta Legislatura aprobó una reforma al artículo 56 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo con la finalidad de establecer la obligación de la Comisión de Salud de vigilar que los rastros municipales funcionen conforme a las normas y disposiciones zoosanitarias aplicables.

A propuesta de la Comisión de Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales, sobre la iniciativa presentada por el Diputado J. Reyes Galindo Pedraza, se determinó que, con la modificación, se mantiene el objetivo central de reforzar la seguridad alimentaria y la salud pública.

Al mismo tiempo, se dota a los ayuntamientos de un marco más claro, preciso y aplicable, que asegura la observancia de los estándares zoosanitarios.

En las consideraciones del Dictamen, se definió que los rastros municipales juegan un papel fundamental en la cadena de suministro alimentario, al ser el principal centro de distribución de los alimentos de origen animal de los productos cárnicos y sus derivados.

El Legislador Reyes Galindo, en su Exposición de Motivos explicó que, en muchos municipios de Michoacán, las condiciones actuales de los rastros municipales presentan serias deficiencias.

“El manejo de estas instalaciones, en ocasiones, carece del rigor técnico y profesional exigido por la legislación vigente y las necesidades crecientes de nuestras comunidades”, precisó.

Agregó que esta falta de supervisión especializada ha derivado en prácticas inadecuadas que comprometen la inocuidad de los alimentos, ponen en riesgo el cumplimiento normativo y, en casos graves, la seguridad sanitaria de la población.